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Nuestros Huertos Solares Fotovoltaicos.
PRÓXIMOS HUERTOS SOLARES:
-¿Qué es un Huerto Solar ? El sistema fotovoltaico de conexión a red eléctrica se compone de dos partes fundamentales: una de un campo fotovoltaico en donde se recoge y transforma la energía procedente de la luz solar en electricidad, y la otra parte de transformación de esta energía eléctrica para su inyección a la red eléctrica. La instalación consiste en un sistema fotovoltaico que produce energía eléctrica en corriente continua (CC) mediante módulos fotovoltaicos interconectados, y que gracias a un sistema ondulador (Inversor) se transforma la corriente continua (CC) en corriente alterna (AC) con las características de frecuencia e intensidad que la compañía eléctrica exige. Además, se ha de tener en cuenta la energía producida y la energía consumida instalando dos contadores independientes ( o un contador bidireccional) para poder hacer el recuento de los Kwh. inyectados en la red y los Kwh. consumidos por el sistema. La instalación se conecta a la red de la compañía de distribución eléctrica de la zona y el tipo de corriente que se suministraría sería la misma que la compañía ofrece para las viviendas, es decir, 220 V y 50 Hz en corriente alterna. Se inyectaría a la red toda la energía solar producida (no tan sólo una parte o los excedentes). La explicación es clara: El RD 661/2007 establece una prima (0,4404 € por Kwh inyectado a la red, para instalaciones de hasta 100kW) muy superior al precio del Kwh. convencional (0,0765 € + Conceptos fijos, lo que sumarían unos 0,10 € por Kwh consumido de la red) para que el nuevo generador solar eléctrico obtenga una compensación económica en su inversión inicial. En caso que el generador solar eléctrico autoconsumiera, estaría perdiendo la diferencia de precio entre el Kwh. solar y el convencional, lo que haría inútil el concepto de ayuda económica que el RD pretende introducir. Por esta razón el generador solar nunca será auto productor, simplemente es productor, mientras que se mantenga la vigente prima establecida en niveles superiores al coste de la energía convencional. El RD establece que toda la energía producida debe ser inyectada en la red. El objetivo de esta legislación es conseguir un ahorro energético selectivo, aprovechando al máximo la energía solar gratuita y limpia, en detrimento de la convencional, ya que el objetivo es ahorrar energía y aumentar nuestra independencia energética y cumplir el protocolo de Kyoto. Para el cálculo de la prima, hay que remitirse al nuevo RD, el RD 661/2007 y el subgrupo b1.1 que se corresponde con el de instalaciones fotovoltaicas conectadas a red: Como datos a tener en cuenta en este nuevo RD, aparte de los ya citados: El texto instituye un aval que deberán satisfacer las instalaciones de régimen especial al solicitar la conexión a la red de distribución y modifica la cuantía del existente para el acceso a la red de transporte, equiparando la legislación actual para todas las instalaciones. Este aval se fija en ambos casos en 500 euros/kW instalado para las instalaciones fotovoltaicas o 20 euros/kW para el resto de instalaciones, y será devuelto una vez entre en funcionamiento la instalación. Las disposiciones del Real Decreto no tendrán carácter retroactivo. Las instalaciones que se pongan en funcionamiento hasta el 1 de enero de 2008 podrán mantenerse acogidas a la regulación anterior en la opción de tarifa fija durante toda su vida útil. Cuando participen en el mercado, podrán mantener su regulación anterior hasta el 31 de diciembre de 2012. Voluntariamente, estas instalaciones podrán optar por acogerse a este nuevo Real Decreto desde su publicación. Será en 2010 cuando las tarifas y primas establecidas en la propuesta se revisarán de acuerdo con la consecución de los objetivos fijados en el Plan de Energías Renovables 2005-2010 y en la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética, y conforme a los nuevos objetivos que se incluyan en el siguiente Plan de Energías Renovables para el período 2011-2020. Las revisiones que se realicen en el futuro de las tarifas no afectarán a las instalaciones ya puestas en marcha. Esta garantía aporta seguridad jurídica para el productor, proporcionando estabilidad al sector y fomentando su desarrollo. Conceptos generales sobre un huerto solar: El espacio necesario para este tipo de instalación varía de acuerdo a la potencia, tomando como referencia que para una instalación de 1 KWp es necesario instalar 8 - 9 m2 de módulos fotovoltaicos que se colocarían de la mejor manera posible, haciendo que éstos estuviesen inclinados en el ángulo que más rendimiento diese a la instalación, que en el caso de seguidores solares, sería siempre perpendicular a la radiación solar incidente. A continuación se expone un estudio general comparativo entre instalaciones fijas y con seguidor. Gracias al control monitorizado del sistema, la operación se limitará al seguimiento de la producción (que tendrá que ser similar a la estimación de producción) que se podrá visualizar en el display o contador existente a tal efecto. Los inversores de la instalación permiten la comunicación vía RS-485 con cualquier usuario a través de tecnología GSM o GPRS. Cualquier incidencia quedará registrada una vez se pasen los datos en el ordenador. (En caso de la instalación de la interface de captura de datos). El sistema de control prevé la conexión a un dispositivo externo (como una alarma) con tal de avisar en caso de fallo del sistema o pérdidas de energía. Como mínimo un par de veces al año se tendría que hacer una inspección visual del campo generador y hacer una limpieza si es necesario. Se ha de tener presente que la misma inclinación de los paneles favorece la auto limpieza.
Esquema general de funcionamiento tipo:
Se presenta a continuación, como referencia, la producción energética de la instalación y los ingresos generados bajo las condiciones de radiación solar histórica perteneciente a la provincia de La Coruña.
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